Régimen de gananciales

Régimen de gananciales

Al contraer matrimonio lo más adecuado es que los cónyuges decidan un régimen económico matrimonial por el que se regirán sus relaciones tanto patrimoniales como económicas.

Podemos asesorarle y orientarle sobre estas cuestiones, la pareja podrá elegir este régimen tanto antes como después de contraer matrimonio.

Una de las opciones es el denominado régimen de gananciales o sociedad de gananciales que se basa en las ganancias derivadas de la actividad económica que desarrollen los dos miembros de la pareja, que a partir de la unión serán comunes.

¿Y si se extingue el matrimonio? En ese caso será necesario realizar la liquidación de este régimen para establecer qué correspondería a cada uno y hacer el reparto, a partes iguales partiendo del fondo común.

Otra opción es que el matrimonio no se decida por ningún pacto ni régimen, ya que no es una obligación.

Si tiene más dudas y preguntas relacionadas con su matrimonio y la economía de la pareja, contacte con nuestros abogados especialistas. Le esperamos en Jaén, llámenos.

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