LA FILIACIÓN: BIOLOGÍA Y DERECHO

¿Qué dos dimensiones tiene el vínculo de la filiación? Por un lado tiene una dimensión biológica, y por otro, una dimensión jurídica. ¿Qué podemos afirmar sobre la filiación? Que se trata del vínculo existente entre un padre y su hijo, o una madre y su hijo.

¿Qué tiene como fundamento la relación jurídica de filiación? La filiación biológica. En este sentido, ¿quiénes son padres e hijos ante el Derecho positivo? Aquellos que lo son biológicamente.

No obstante, ¿qué otro tipo de circunstancias pueden rodear a la filiación? Por ejemplo, que la filiación biológica sea desconocida, y que por tanto no exista filiación jurídica, o bien que la filiación jurídica sea atribuida por error a quien biológicamente no es progenitor.

Por último, ¿puede crearse conscientemente una relación jurídica de filiación entre quienes se sabe que no están unidos por vínculos biológicos? Sí, es de hecho lo que ocurre en la adopción.

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